Comunicación entre progenitores divorciados

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Recientemente se ha dictado una Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2024, nº 4838, en la que se resuelve el caso de una familia que hizo frente a una ruptura de pareja con hijos y que, por diversas circunstancias, solicitan un cambio de medidas para acabar con la custodia monoparental atribuida a la progenitora por un mutuo acuerdo inicial del año 2015. El problema del caso reside en que los padres tienen una absoluta falta de comunicación en aspectos relacionados con los hijos comunes debida a la mala relación que persiste entre ambos. Ya dedicamos un artículo a comentar brevemente los aspectos generales de una ruptura de pareja, divorcio o separación. Ahora nos vamos a centrar en la repercusión que toda esta situación puede generar en los más pequeños. ¿Es necesario que la pareja esté casada para poder regular todos los aspectos que afectan a los hijos comunes? No es un requisito esencial que la pareja haya contraído matrimonio. Nos da igual estar casados, registrados como pareja de hecho, o simplemente haber convivido juntos. Si la pareja tiene hijos comunes y se produce la ruptura, necesitamos sí o sí regular la situación respecto a los menores. Los niños son los más sensibles a este tipo de situaciones y es algo que, como padres, no debe olvidarse en ningún momento. Los menores, los niños, tienen derecho a relacionarse con ambos progenitores, y la relación tiene que ser lo más natural posible. Los niños no deben utilizarse como moneda de cambio en un divorcio o ruptura sentimental. El interés supremo del menor. En los procedimientos con menores siempre interviene el Ministerio Fiscal, ya sean contenciosos (uno contra otro) o de mutuo acuerdo (los dos en el mismo barco). La función del Ministerio Fiscal es proteger el interés del menor, lo que se conoce también como el interés supremo del menor. Si la situación de la ruptura familiar es estresante para las partes, imaginémonos como lo ven y viven los niños. Los padres son su punto de apoyo desde su nacimiento. Y no es únicamente vivir discusiones, sino que lo que para ellos es su núcleo, su familia, su entorno seguro, se resquebraja. Por este motivo hay que protegerlos. Y los primeros que tienen que darse cuenta de ese detalle, se lleven como se lleven, son los progenitores. Esta es la base de mi trabajo en derecho de familia. Por eso, recomiendo encarecidamente los procedimientos de mutuo acuerdo siempre que hay niños (cuando no los hay también, pero eso lo analizaremos otro día). ¿Cómo protegemos a los niños en estos procedimientos? La herramienta fundamental para proporcionar esa protección a los niños en estas situaciones es la empatía. Pensar en cómo se tiene que sentir el pequeño cuando se le hace enfrentarse a esta situación. El malestar, el miedo, la incertidumbre… que tienen que vivir los niños. Y el objeto es claro, intentar que vivan la situación de la forma menos estresante posible, normalizando este nuevo modelo de familia que se va a instituir en ese núcleo familiar. Las reglas de oro son: Cuando llevas muchos años aconsejando a parejas, articulando convenios de mutuo acuerdo, representado a una parte en peleas continúas ante los tribunales en procedimientos contenciosos, te das cuenta de que la realidad supera a la ficción con creces. Caso concreto: Sentencia de 3 de octubre de 2024. Antecedentes: El Tribunal Supremo, tras analizar los antecedentes y la situación real y personal de los progenitores, que mantenían una ausencia absoluta de relación y comunicación, estima el recurso de casación interpuesto por la madre, entendiendo que no existe una modificación sustancial de las circunstancias en las que fue adoptada la guarda y custodia monoparental a favor de la madre que justifique un cambio del régimen de custodia. Existen numerosas Sentencias del Tribunal Supremo que avalan la custodia compartida como lo más conveniente en circunstancias normales, pero ello no obsta a que, analizando cada caso concreto, se pueda concluir que la custodia compartida no es lo mejor para determinados núcleos familiares. Como toda regla general, caben excepciones. Cuando la relación entre los progenitores es extremadamente conflictiva, rara vez nos encontraremos con un régimen de custodia compartida. Muchas veces por circunstancias sobrevenidas a la tensión de la ruptura, se adoptan acuerdos con los que las partes no están muy conformes cuando consiguen tomar distancia. Para que esto no ocurra y nos quedemos atrapados en la decisión adoptada en caliente por terminar cuanto antes con el asunto, necesitamos un buen asesoramiento por un abogado especialista en familia. Si estás leyendo esto y te encuentras en esta delicada situación, no dudes en ponerte en contacto conmigo (trabajo en todo el territorio nacional) para que juntos busquemos la mejor solución para lo que estás viviendo.

Desahucio ¿Qué hago si no me pagan el alquiler?

abogado especialista desahucio

Hoy en día cada vez son más los casos en los que los inquilinos permanecen en la vivienda dejando de cumplir con su obligación de pago de la renta. ¿Qué hay que hacer en estos casos? En este artículo vamos a analizar brevemente cómo debemos actuar con rápidez para que esta situación no llegue a convertirse en un problema inabarcable para el propietario. Antiguamente, circulaba la idea de que un arrendador era esa persona rica que tenía muchos pisos a su nombre y les alquilaba por precios desorbitados o condiciones abusivas. ¿Qué hacía la legislación entonces? Lógicamente, proteger a la parte débil del contrato, el inquilino o arrendatario. Con el paso del tiempo, nos encontramos con que cada vez son más los arrendadores que únicamente tienen en alquiler un piso, en ocasiones son pensionistas a los que la renta del alquiler les ayuda a cubrir sus gastos mensuales, o parejas que adquieren un segundo piso para invertir con su correspondiente hipoteca y que su inquilino no les abone la renta, cuando ellos tienen que seguir pagando las cuotas, provoca situaciones económicamente insostenibles. ¿Quién es ahora la parte débil del contrato? ¿Qué podemos hacer cuando nuestro inquilino no nos paga la renta? Lo primero que hay que hacer es buscar un buen abogado especializado en contratos de arrendamiento. Aprovecho la ocasión para ofrecerles mis servicios. El abogado nos pedirá el contrato de arrendamiento, puesto que hay que realizar un estudio previo sobre las condiciones pactadas en el mismo. La mayoría de los propietarios con los que me he encontrado en mis años de ejercicio profesional utilizan un modelo de contrato de arrendamiento que encuentran por internet. ¿Por qué? Porque es gratis, porque mi arrendamiento de vivienda es como todos los demás, porque es un modelo muy completo, porque lo encontré en una web de un abogado, etc… Este es el primer error. El derecho es un ente vivo, que está cambiando constantemente, y un contrato que hace dos años era maravilloso ahora puede estar completamente obsoleto. Si pagamos una mensualidad de renta para que nos alquilen el piso, ¿no es mejor pagar un poco más para tener las cosas bien hechas desde el principio? Pide presupuesto, que también es gratis, y no olvides que la tranquilidad no tiene precio. Una vez realizado ese estudio previo, la única vía para conseguir la recuperación posesoria de la vivienda dada en arrendamiento es el procedimiento de desahucio, al que podemos acumular la reclamación de las rentas impagadas. ¿Qué es un desahucio? El desahucio es un procedimiento judicial cuya finalidad básicamente consiste en recuperar por un propietario la finca cedida en arrendamiento a un inquino por existir motivos que extinguen el derecho del arrendatario a continuar en dicha situación posesoria. Tipos de desahucio: Los desahucios pueden ser de distintos tipos: Enervar la acción en los desahucios por falta de pago de la renta La enervación de la acción es un método para que el inquilino pueda permanecer en la vivienda tras haberse producido el impago de una o varias rentas. Tiene una serie de requisitos que analizaremos en otro post, para no cargar en exceso este artículo. Tras este breve acercamiento a los procedimientos de desahucio, quedo a vuestra entera disposición si tenéis algún problema con vuestros inquilinos o caseros, indicándoos que podéis contactar conmigo vía telefónica o whatsapp en el 979162055, concertar una cita en el despacho de Palencia o fijar una cita online si sois de fuera. Estaré encantada de ayudaros.

Accidente de tráfico

accidentes

Cuando vamos con el coche por ciudad o por carretera no estamos libres de que se produzca un accidente de tráfico en el que podamos vernos implicados. Dependiendo de cómo se haya producido el accidente, puede que acudan al lugar de los hechos la policía local o la guardia civil. En estos casos, completarán un atestado que recogerá todos los datos de cómo ha ocurrido el accidente. Otras veces, no interviene la policía ni la guardia civil, es lo que suele ocurrir en accidentes leves. Pero siempre que sea posible, es conveniente avisar a estos funcionarios públicos porque su intervención hace que toda la tramitación posterior sea más garantista. Los accidentes de tráfico más habituales son los choques por alcance, mientras estamos parados en un semáforo o en la entrada de una rotonda, el conductor del vehículo de detrás no frena a tiempo y colisiona con la parte posterior de nuestro vehículo. En estos casos, las partes abandonan el vehículo aparentemente sin lesiones y las molestias comienzan con posterioridad, lo que se conoce como latigazo cervical, que puede provocar que acabemos de baja y con duras sesiones de rehabilitación. Muchas compañías aseguradoras vinculan los daños materiales de los vehículos con los daños personales del conductor o los ocupantes y aquí es donde surgen los problemas, porque en ocasiones los vehículos apenas sufren daños pero los ocupantes del vehículo sí. Y de cara a la valoración de los daños personales que son objeto de indemnización tiene mucha importancia. En estos casos, es importante contar un buen profesional a nuestro lado para que nos asesore en las negociaciones con la compañía aseguradora. No conviene fiarse de la oferta vinculante que están obligados a pasar al afectado, porque en muchas ocasiones la traducción a dinero de los daños personales es muy inferior a la que debe corresponder. Y cuando digo muy inferior me refiero a movernos en reducciones de miles de euros (en uno de nuestros últimos casos, la oferta inicial era de 2.500 € frente a 15.000 € que le correspondieron finalmente a nuestro cliente). Este tipo de procedimientos requieren contar con un abogado especialista en accidentes de tráfico, así como con peritos médicos o ingenieros, cuando la dinámica del accidente requiere aportar un informe biomecánico, para justificar los daños personales realmente ocasionados. La intervención de estos profesionales es fundamental para hacer frente a los argumentos de las compañías aseguradoras y maximizar el beneficio del cliente accidentado. Para cualquier consulta relacionada con accidentes de tráfico, ya sea como conductor o peatón, no dudes en ponerte en contacto conmigo y poner mi especialización a tu servicio.

¿Puedo reclamar los gastos de mi hipoteca?

Ahora sí. Ponte en contacto con el despacho y te explico cómo hacerlo. Tenemos recientes novedades por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En el día de ayer, se publicaron dos Sentencias de 25 de abril de 2024, de la Sala Novena del Tribunal de Justicia, resolviendo las cuestiones prejudiciales que les habían planteado en relación a la prescripción de la acción restitutoria de los gastos de hipoteca. Hasta ahora, hemos reclamado, con éxito, los gastos de las hipotecas de centenares de personas, por la abusividad de la cláusula recogida en los préstamos hipotecarios que imponía el pago de todos los gastos asociados con la constitución de la hipoteca al prestatario, es decir, al cliente que solicitaba el préstamo. Últimamente, se habían frenado las reclamaciones por los plazos de prescripción. En muchos casos, cuando la hipoteca tenía unos años, no teníamos la seguridad de que se pudieran recuperar las cantidades abonadas indebidamente. Cuando se reclaman judicialmente los gastos hipotecarios se solicita, por un lado, la declaración de nulidad de la cláusula que imponía esos gastos al cliente y, por otro, la devolución de las cantidades indebidamente abonadas por el cliente. La primera solicitud es una acción imprescriptible, es decir, que da igual en qué momento se contratase la hipoteca, siempre se puede solicitar esa nulidad. Pero lo realmente interesante para los clientes es la devolución de las cantidades indebidamente abonadas, y ahí es donde existía la posibilidad de que no se produjese la devolución por entender que se había pasado el plazo para reclamar (prescripción de la acción). Con las Sentencias publicadas en el día de ayer, Europa se decanta nuevamente a favor de los consumidores en detrimento de la entidad financiera, profesional en la material. Básicamente determinan que el plazo de prescripción no puede vincularse la constitución del préstamo hipotecario (es decir, al momento desde el que nace la hipoteca), ni tampoco al momento del pago de las facturas, ni a Sentencias dictadas por los Tribunales nacionales estimando nulidades de reclamaciones de cláusulas tipo. Sino que hay que atender a la declaración de nulidad en el caso concreto y a las posibilidades del cliente en cuestión de conocer la nulidad de la cláusula de su préstamo hipotecario. Si tu hipoteca es de hace tiempo, esté o no amortizada, en base a lo dispuesto en las Sentencias europeas, tienes posibilidad de recuperar las cantidades que pagaste indebidamente. Concretando esas cantidades, como ya se venía haciendo, de la siguiente forma: A la hora de buscar la documentación que necesitas, lo primero es la escritura de préstamo hipotecario. No debemos confundir esa escritura con la de compraventa, que normalmente nos las entregan a la vez. En el encabezamiento de la escritura aparece su contenido. También es necesario buscar las facturas, de Notario, Registrador de la Propiedad, Gestoría y de la empresa que realizó la tasación de la vivienda. Nuevamente, en relación con estas facturas (Notario, Registrador y Gestoría) nos podemos encontrar con una duplicidad de facturas, unas se refieren al préstamo hipotecario (éstas son las que necesitamos) y otras a la compraventa. A veces no disponemos de las facturas, porque la Gestoría del banco no nos la ha entregado. Entonces pediremos un extracto bancario de la cuenta en la que nos cobran el préstamo hipotecario del periodo comprendido entre los tres meses anteriores a la constitución de la hipoteca y los seis meses posteriores. Por ejemplo: si nuestra hipoteca es de diciembre de 2007, pediremos un extracto de agosto de 2007 a junio de 2008. Con esta documentación, podríamos empezar a trabajar. Por tanto, si aún no has reclamado los gastos de constitución de tu préstamo hipotecario y quieres que revisemos la documentación que tienes, saber qué puedes recuperar y que pongamos en marcha tu reclamación, ponte en contacto.

Divorcio a la vista

Una mala relación de pareja puede convertirse en uno de los momentos más difíciles en la vida de una persona. Las decisiones que se adoptan cuando todo va mal son determinantes para el nuevo horizonte al que se enfrenta esa persona cuando pasa la tormenta. Es muy importante contar con un buen asesoramiento en esos momentos tan difíciles para saber dónde estamos, dónde queremos ir y qué pasos tenemos que dar para conseguirlo. Lo primero que hay que tener en cuenta, es el momento en el que debemos ponernos en contacto con un abogado especializado en derecho de familia. No todas las discusiones acaban en ruptura. Es normal discutir, podemos decir que es, incluso, sano. Pero por mucho que nos queramos engañar, todo el mundo sabe cuando las cosas no van bien y cuando se va a romper la cuerda. Hay mucha gente que se adelanta a ese momento en que ya no hay marcha atrás. El conocimiento es poder, está claro y la sociedad cada vez nos pide más estar preparados para todo lo que pueda venir. En estos casos, lo habitual es que visites a un abogado de familia para informarte porque la relación de pareja no va bien. Este tipo de reunión informativa se denomina consulta y suele tener un coste que ronda los 60,00 € más IVA. En ella, se analiza la situación concreta y se proporciona información al respecto, anticipándonos a lo que pueda pasar. ¿Todos las rupturas / divorcios /separaciones son iguales? Rotundamente, no. Y tampoco se deben tratar igual. No es lo mismo la forma de proceder cuando tenemos hijos a cuando no les hay. Tampoco se le da el mismo tratamiento cuando la pareja está casada a cuando no lo está. Aunque a efectos prácticos los resultados puedan ser muy similares, jurídicamente no tiene nada que ver una situación con otra. Es más fácil y tiene un menor coste emocional, gestionar un divorcio o separación de una pareja sin hijos, puesto que los puntos sobre los que tienen que ponerse de acuerdo son menos conflictivos, básicamente, disolver la sociedad de gananciales si la hubiera, o en caso de separación de bienes, repartir los bienes que se hayan adquirido en común. Es más una cuestión económica que otra cosa. Mi relación es tóxica. ¿Me divorcio? ¿Me separo? Otras veces, el nuevo cliente sabe que no quiere seguir como está, pero no sabe qué tiene hacer, ¿cuál es el siguiente paso? Desde mi experiencia profesional puedo afirmar categóricamente que lo mejor en estas situaciones es intentar solucionar la situación del modo más amistoso que sea posible. Y también con rapidez. Conseguir gestionar la difícil situación originada por un divorcio desde un mutuo acuerdo es la solución más acertada a la que podemos aspirar. En un mutuo acuerdo, las partes deciden lo que quieren hacer, sin que les llegue una solución impuesta por un tercero. Al igual que en un proceso de mediación familiar, van a ser las partes las que deciden las medidas que quieren acordar para regular esta nueva situación. Esto nos afecta sobre todo cuando hay hijos menores comunes. ¿A qué medidas me estoy refiriendo? Pues a todas aquellas que tengan que ver con los niños: régimen de custodia, régimen de visitas, vacaciones, pensión de alimentos, gastos extraordinarios, cargas del matrimonio, … Lo ideal es preparar un plan de parentalidad regulando todo ello. Es muy difícil escribir un artículo tan generalista como este, para poder dar unas pinceladas básicas del procedimiento, cuando se deben abarcar situaciones tan diversas. Dejo abierta la puerta a futuros artículos sobre temas más concretos relacionados con esta materia. Una novedad reciente es la elaboración de convenios en relación a animales domésticos. Poco a poco se les va reconociendo su sitio en la sociedad y en estas situaciones, no hay que olvidar que no dejan de formar parte de la familia y una parte importante. En resumen, es fundamental contar con el apoyo y asesoramiento de un especialista en derecho de familia al enfrentarse a momentos duros en la vida de una persona. Si estás leyendo esto y te encuentras en esta delicada situación, no dudes en ponerte en contacto conmigo (trabajo en todo el territorio nacional) para que juntos busquemos la mejor solución para lo que estás viviendo.

Un nuevo comienzo.

Después de muchos años de práctica jurídica, de muchas experiencias detrás de la mesa del despacho, acompañando a clientes, resolviendo consultas, defendiendo intereses en el Juzgado, y, también, cómo no, al otro lado del monitor, escribiendo artículos en distintos blogs jurídicos, aprovecho el comienzo de 2024 para desearos un Feliz Año Nuevo y para invitaros a este nuevo proyecto, en forma de blog, donde intentaré arrojar algo de luz a los distintos asuntos que vayamos abordando. Como algunos ya sabréis, soy licenciada en Derecho por la Universidad de Valladolid en la promoción 1.999-2.004. Desde que terminé la carrera, siempre me he dedicado a la abogacía con auténtica devoción, ya que me encanta esta profesión. Como en todo, pasas momentos buenos, momentos malos, muchas veces puedes incluso plantearte tirar la toalla y dar un giro total, pero pesa más lo positivo y aquí sigo, casi 20 años después de que comenzase todo. Aunque habitualmente “toreo” en una plaza pequeña, Palencia, porque es donde tengo el despacho físicamente abierto, los abogados tenemos un ámbito de trabajo nacional, no estamos cerrados a los clientes de la localidad donde tenemos la oficina y las nuevas tecnologías implementadas en el despacho permiten que tengamos una ventana al mundo. Lo que sí que nos limita o nos hace crecer, depende por donde se mire, yo me quedo con que nos hace crecer, es la especialización. Cuando acabas la carrera, eres un abogado generalista, sabes de todo y no sabes de nada. Siempre hay unas materias que te atraen más. En mi caso, el derecho civil. Desde el principio me he centrado específicamente en las materias que abarca esta rama del derecho (sucesiones, familia, arrendamientos, propiedad horizontal,…). Dentro del derecho civil, el derecho de familia es apasionante y las posibilidades de ayudar a las personas en situaciones difíciles son innumerables. En divorcios y separaciones, hay que saber gestionar sentimientos para no perder de vista el objetivo profesional, lo que me llevó también a formarme como mediadora familiar, con el gran abanico de posibilidades que ofrece la mediación. Muchas veces te preguntan: “¿tú que llevas?”. Antes contestaba: “derecho civil“. Pero me empecé a dar cuenta, que si no estás familiarizado con el lenguaje jurídico, es mejor ser más concreto y cambié la respuesta por: “divorcios, separaciones, medidas concretas relativas a hijos comunes, reclamaciones entre vecinos, Comunidades de Propietarios, desahucios, arrendamientos rústicos y urbanos, de vivienda y de locales de negocios, reclamaciones frente a los bancos, herencias, accidentes de tráfico, reclamaciones frente a seguros… y si tienes dudas pregunta, porque igual también te puedo ayudar“. Siempre intento minimizar el abismo que puede abrirse entre la vida real y el derecho. Cuando alguien se pone en contacto conmigo porque tiene un problema, ya tiene bastante con su problema, como para que tratar con el abogado sea otro problema. Por eso desde el respeto, desde la confidencialidad, me parece fundamental trabajar la relación de confianza con el cliente, con cercanía y transparencia. Son los valores fundamentales sobre los que he construido toda mi labor profesional y, en definitiva, los pilares de mi despacho. Con esta presentación, os invito a embarquéis conmigo en esta nueva aventura, no sólo leyendo o dejando vuestros comentarios, sino que podéis remitirme por email algún tema concreto que queráis que tratemos en alguna de las futuras entradas del blog. Gracias por llegar hasta aquí y ya sabéis donde encontrarme.